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Promoción Gubernamental para el Uso de la Banda Ancha

 

14 de marzo de 2006

El gobierno mexicano estimula los productos y servicios de telecomunicaciones, otorgando el uso libre a segmentos del espectro radioeléctrico aptos para los servicios de banda ancha

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes decide dar el mayor impulso a la industria y a los servicios de telecomunicaciones basados en el uso de la banda ancha. El propósito es ".la masificación del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.", tal como lo señalan los considerandos del acuerdo emitido el 13 de marzo último.

Para tal fin señala un conjunto de bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico como de uso libre, lo que significa que pueden ser utilizadas por el público en general sin necesidad de concesión, permiso o registro. Asimismo, establece otro grupo de bandas de frecuencias otorgadas mediante concesión y que pueden ser utilizadas para los servicios que autorice la Secretaría en el título correspondiente, clasificados como "usos determinados".

Las bandas de frecuencia que podrán libremente aprovecharse para servicios de banda ancha, señalados como los que requieren canales de transmisión capaces de soportar velocidades superiores a 64 kbps, y otras aplicaciones, serán:

•  902 a 928 MHz
•  2,400 a 2,483.5 MHz
•  5,150 a 5,250 MHz
•  5,250 a 5,350 MHz
•  5,725 a 5,850 MHz

El concepto de Otras Aplicaciones, el acuerdo lo explica como ".los empleados en dispositivos de radiocomunicación de corto alcance, tales como teléfonos inalámbricos, lectores de códigos de barras, sistemas de alarma remota, dispositivos de telemedición, aparatos de control remoto y micrófonos inalámbricos".

En estricto derecho los conceptos de Servicios de Banda Ancha y Otras Aplicaciones, no quedaron definidos en el cuerpo del acuerdo ya que sólo se mencionan en sus Considerandos, aunque para tal efecto remite a la Recomendación UIT-R SM.1538-1.

Las bandas para usos determinados que en cada caso la autoridad fijará con las modalidades y cobertura geográfica respectivas, serán las siguientes:

•  3,600 a 3,700 MHz
•  5,470 a 5,725 MHz

Esta medida debe traducirse en el mayor desarrollo de la industria de las telecomunicaciones y en mejores productos y servicios para el consumidor. Sólo se tienen registrados 4 acuerdos de la autoridad, en los últimos 40 años, en los que se permita que bandas de frecuencia sean de uso libre.

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