Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto fija el monto del
aprovechamiento que deberá cobrarse por la prestación del
servicio que, en el ejercicio de sus funciones de derecho
público, realice por el estudio y, en su caso, expedición de
la constancia de autorización para el uso y aprovechamiento
de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para
uso secundario, del cual no se establece monto específico en
la ley federal de derechos
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Dependencia: |
Instituto Federal de Telecomunicaciones |