Nombre del ordenamiento: | Publicación: | 28 enero 2015 |
Reglas de carácter general a las que deberán sujetarse las instituciones de banca múltiple para clasificar la información relativa a operaciones activas y pasivas a que se refiere el artículo 124 de la ley de instituciones de crédito | Dependencia: | Instituto para la Protección al Ahorro Bancario |
Vigencia: | actual y sin reformas |