Acuerdo ACDO.AS2.HCT.250821/213.P.DPES, dictado por el H. Consejo
Técnico, por el cual se aprueba, por única vez y sin sentar
precedente, que los patrones que presenten ante el IMSS la
sustitución patronal, para el cumplimiento de la reforma a
la ley del seguro social publicada el 23 de abril de 2021,
exhiban, de igual forma, los movimientos afiliatorios de
baja para los trabajadores incapacitados temporalmente, los
cuales serán dados de alta en la empresa sustituta al día
inmediato siguiente al de su baja en la sustituida, con el
mismo salario con el que cotizaban
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Dependencia: |
Instituto Mexicano del Seguro Social |