Nombre del ordenamiento: Publicación: 01 julio 1988
Decreto presidencial que dispone la importación de mercancías originarias y provenientes de países miembros de ALADI, que se realice de conformidad con los acuerdos de alcance parcial y su protocolos adicionales o modificatorios o con los acuerdos regionales de apertura de mercados, celebrados por México al amparo del tratado de Montevideo 1980, se gravará conforme a la preferencia porcentual negociada, la cual se calculará de conformidad con el procedimiento señalado en el artículo 2o Dependencia: Secretaría de Comercio y Fomento Industrial
Vigencia: vigente y reformado