Resolución que expide las reglas de carácter general mediante las que
se autoriza a las uniones de crédito a llevar a cabo, de
manera temporal, la distribución y pago de remesas de
dinero, la distribución y pago de productos, servicios y
programas todos ellos gubernamentales y la recepción de
créditos de fideicomisos públicos, como actividades análogas
y conexas a las establecidas por el artículo 40 de la ley
general de organizaciones y actividades auxiliares de
crédito
Resolución que modifica las reglas de carácter general para normar en
lo conducente lo dispuesto por el artículo 32, primer
párrafo, en relación con el 9, último párrafo, y 36 de la
ley de ahorro y crédito popular, entre cuyos cambios está el
título de la resolución